Como miembro asiduo al foro he sido testigo de innumerables discusiones en el foro por el tema más peliagudo de todos que parece existir para la cuestión iberista: la cuestión lingüística.
Todas las discusiones son motivadas, por una u otra razón, por el sentimiento a ser invadidos lingüísticamente por otra lengua ibérica y creo que el foro, y posteriormente la asociación que espero que se constituya pronto, debería tener una sólida opinión en un sentido para establecer un
modelo lingúístico para una futura Iberia que sea acorde a los nuevos tiempos y que no dañe las sensibilidades de los ibéricos, o al menos, las dañe al mínimo. Para ello, planteó el siguiente
modelo:
MODELO LINGÜÍSTICO PARA EL ESTADO IBÉRICO
Iberia no tendrá lengua oficial, pues serán los estados federados quienes establezcan sus lenguas oficiales. Así pués, observando el actual panorama lingüístico ibérico, propongo el siguiente
modelo lingüístico para Iberia:
- El
castellano sería oficial en toda la Iberia "española" (España y los territorios que se pretenden que sean ibéricos que no sea Portugal: Andorra, Gibraltar, Rosellón e Iparralde), y tendría un estatus especial en la Iberia "portuguesa". [*]
- El
portugués sería oficial en toda la Iberia "portuguesa" (República Portuguesa: Portugal Continental, Azores y Madeira), además de en Olivenza, y tendría un estatus especial en las regiones militrofes a la Iberia "portuguesa" (Extremadura, País Leonés y Galicia). También podría tener dicho estatus de oficialidad en Andorra, donde existe un gran porcentaje de residentes de origen portugués. [*]
- El
catalán/valenciano sería oficial en Cataluña (incluyendo el Rosellón y Andorra), País Valenciano e Islas Baleares, además de tener un estatus especial en el Frente de Poniente de Aragón y la comarca murciana de El Carche. [*]
- El
euskera/vascuence sería oficial en el País Vasco y en el tercio norte (o "vascófono") y el tercio "mixto" de Navarra, además de en Iparralde. En el resto de Navarra, si así lo deciden sus ciudadanos, se podría establecer un estatus opcional progresivo del euskera/vascuence. [*]
- El
gallego sería oficial en Galicia y en El Bierzo, y podría tener un estatus especial en la parte occidental del Principado de Asturias donde se habla el eonaviego (o gallego-asturiano), en caso de que se catalogase como un dialecto del gallego. [*]
- El
asturiano sería oficial para el Principado de Asturias, y podría tener un estatus especial en la parte occidental del Principado de Asturias donde se habla el eonaviego (o gallego-asturiano) si se considerase como un dialecto del asturiano. [*] (*)
- El
leonés sería oficial en las regiones del País Leonés donde se hable cotidianamente, sobre todo en la provincia de León, la parte oeste de la provincia de Zamora y la parte noroeste de la provincia de Salamanca. En el resto del País Leonés, si así lo deciden sus ciudadanos, se podría establecer un estatus opcional progresivo del leonés. [*] (*)
- El
aragonés sería oficial en las regiones de Aragón donde se hable cotidianamente, sobre todo en la provincia de Huesca y en la parte septentrional de la provincia de Zaragoza. En el resto de Aragón, si así lo deciden sus ciudadanos, se podría establecer un estatus opcional progresivo del aragonés. [*]
- El
aranés/occitano sería oficial en la comarca leridana del Valle de Arán. En Andorra y en el Rosellón, si así lo deciden sus ciudadanos, podría tener un estatus opcional progresivo del aranés/occitano. [*]
- El
mirandés sería oficial en los concejos de Mirando do Douro y Vimioso, situados en el actual distrito de Bragança, en la antigua provincia tradicional de Trás-os-Montes. En el resto de Trás-os-Montes, si así lo deciden sus ciudadanos, se podría establecer un estatus opcional progresivo del mirandés. [*] (*)
- El
cántabro/montañés sería oficial en aquellas zonas rurales de Cantabria donde se habla cotidianamente (como el Valle del Pás, Soba, Tudanca, Carmona y Herrerias). En el resto de Cantabria, si así lo deciden sus ciudadanos, se podría establecer un estatus opcional progresivo del cántabro/montañés. [*] (*)
- El
extremeño sería oficial en aquellas zonas rurales de las zonas sur de Salamanca y noroeste de Extremadura en donde se hable cotidianamente. En el resto de Extremadura, como en el resto de la provincia de Salamanca, podría establecerse, si así lo deciden sus ciudadanos, un estatus opcional progresivo del extremeño. [*] (*)
- El
eonaviego/gallego-asturiano sería oficial, en caso de que se demostrase y catalogase como lengua diferente del gallego y del asturiano, en las zonas donde se habla, es decir, la zona asturiana entre los ríos Eo y Navia. (*)
- El
tamazigh/rifeño, lengua bereber que se habla en los alrededores de Melilla (el Rif) y la autóctona de la población musulmana de Melilla, un 45% de la población melillense, sería oficial en Ceuta y Melilla, siempre que se regulase, aunque empezaría a establecerse mediante un estatus opcional progresivo. También sería la lengua oficial en el Rif si este territorio actualmente marroquí decidiese, por medio de una decisión ciudadana por referéndum, unirse a Iberia. [*]
- El
árabe, la lengua autóctona de la población musulmana de Ceuta, tendría protección especial mediante un estatus opcional progresivo. También sería la lengua oficial en el Rif si este territorio actualmente marroquí decidiese, por medio de una decisión ciudadana por referéndum, unirse a Iberia. [*]
- La
fala, también conocido como
galaico-extremeño, sería oficial en los municipios del Valle de Jálama, al noroeste de la provincia extremeña de Cáceres. También se podría incluir como idioma oficial para el concejo portugués de Sabugal. (*)
- El
llanito (el spanglish que se habla en Gibraltar) sería oficial en Gibraltar siempre que se regulase, aunque empezaría a establecerse mediante un estatus opcional progresivo. [*]
[*]:
- Cuando hablo de estatus especial, hablo del mismo que poseen las lenguas oficiales de Suiza en zonas no autóctonas.
- Cuando hablo de estatus opcional progresivo, hablo del mismo que posee el euskera actualmente en el tercio mixto de Navarra y que podría recibir el tercio no vascofono de Navarra, el cual serviría para introducir la lengua en sus zonas autóctonas que han perdido la mencionada lengua.
(*): Son las lenguas derivadas del
asturleonés, las cuales, si así lo definiesen los académicos lingüistas y lo deciden los ciudadanos hablantes, se podrían unificar en una lengua regulada para todos esos ámbitos territoriales y cuyas diferencias serían catalogadas de dialectales, como ocurre actualmente con el catalán y el valenciano.
Con respecto a las lenguas inglesa y francesa ubicadas en algunas partes de Iberia (el inglés en Gibraltar y el francés en Andorra, Iparralde y Rosellón), serían adaptadas como lenguas optativas de la enseñanza, catalogadas de lenguas extranjeras, prohibiéndose su uso como lenguas oficiales de alguna región de Iberia, al no ser lenguas ibéricas y haber sido impuestas por países extranjeros.
En cuanto a las lenguas oficiales del estado de Iberia, a pesar de que en principio las lenguas oficiales serían las que dictasen los estados federados que compondrían Iberia, de cara al exterior -tengamos en cuenta la pretensión de las lenguas cooficiales de España por ser lenguas oficiales de la Unión Europea-, podrían ser consideradas lenguas oficiales de Iberia aquellas lenguas que se encuentren asentadas en, al menos, estados federados de Iberia o supere un número mínimo de hablantes -podría ser de un millón de hablantes-.